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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO

Artículo 22.- Los sujetos obligados deberán tener disponible en medios impresos o electrónicos de manera permanente y actualizada, la siguiente información:

Orden de gobierno

Poder de gobierno o ámbito al que pertenece

Tipo de sujeto obligado
Fracción

Aplicabilidad

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) genera(n) o posee(n) la información

II. Las facultades de cada unidad administrativa;

III. El directorio de servidores públicos, desde el nivel de encargado de departamento o sus equivalentes hasta el de mayor jerarquía;

IV. Las Leyes, reglamentos, decretos administrativos, circulares y demás normas que les resulten aplicables;

V. Los servicios que ofrecen, los trámites, requisitos, formatos y en su caso, costos por derechos para acceder a los mismos;

I. Su estructura orgánica;

VI. Los objetivos y metas de sus programas operativos anuales así como de los proyectos institucionales, de conformidad a la planeación estatal del desarrollo;

VII. El tabulador de sueldos, salarios, honorarios y dietas mensuales por puesto;

VIII. Manuales de organización y en general, la base legal que fundamente la actuación de los sujetos obligados;

IX. El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Información Pública Gubernamental, donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información pública;

X. Iniciativas y dictámenes de los proyectos de Ley que se presenten en el Congreso así como del resultado del trabajo Legislativo en comisiones;

XI. Las convocatorias a concurso o licitación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios del sector público, concesiones, permisos y autorizaciones, así como sus resultados;

XII. Las concesiones, permisos o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos así como sus reglas para otorgarlos;

XIII. Los resultados de las auditorias concluidas hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los sujetos obligados;

XIV. Los programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

XV. El monto del presupuesto asignado;

XVI. Sus estados financieros;

XVII. Controversias entre poderes públicos, iniciadas por cualquiera de sus integrantes, así como las resoluciones que emita la Autoridad competente;

XVIII. Los informes qué por disposición legal generen los sujetos obligados;

XIX. Los mecanismos de participación ciudadana;

XX. El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio que estipule el Decreto de Egresos;

XXI. La relación de solicitudes a la información pública y los resultados de las mismas.

Municipal

Municipal

CAAMPAO

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

Aplica

No Aplica

No Aplica

Aplica

No Aplica

Aplica

Aplica

No Aplica

No Aplica

No Aplica

No Aplica

No Aplica

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